Vacaciones de trabajadores por cuenta ajena: cuestiones prácticas

Vacaciones de trabajadores por cuenta ajena: cuestiones prácticas

Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de vacaciones retribuidas. Si no existe convenio de referencia, la normativa es la establecida en el Art. 38 del Estatuto de los trabajadores.

  • Como mínimo el periodo será de 30 días naturales/22 días hábiles al año.
  • No es posible renunciar a las vacaciones para cobrarlas.
  • El periodo a disfrutar se pacta por acuerdo entre empresario y trabajador.
  • La empresa debe hacer un calendario de vacaciones.
  • El trabajador debe conocer las fechas de disfrute con una antelación mínima de dos meses.

Los convenios colectivos normalmente mejoran las prestaciones por vacaciones, por ejemplo determinan más días.

En caso de controversia, existe un procedimiento sumario y preferente para la determinación de las vacaciones.

Es importante no confundir días laborables con días naturales: 30 días naturales de vacaciones se corresponden con 2,5  días naturales de vacaciones por mes trabajado, 22 días hábiles de vacaciones se corresponden con 1,83 días hábiles de vacaciones por mes trabajado. Si el resultado es un número de días con decimales se suele redondear por exceso.

 En caso de contar las vacaciones por días naturales se cuentan de la siguiente manera: desde el primer día que no se va a trabajar hasta el día anterior a la reincorporación.

Contacta con nuestros asesores laborales

Nos pondremos en contacto con usted en breve. También puede enviarnos un correo electrónico si lo prefiere de forma más directa a deabcn@deabcn.com o llamarnos al 93 207 63 00

    Otras publicaciones relacionadas 

    Renta 2022 - 2023

    Renta 2022 - 2023

    Declaración de la Renta 2022

    Un gestor a tu servicio para presentar tu Declaración de la Renta 2022 – 2023

    Tarifa
    1.

    Declaración de la renta 2022 – 2023
    con borrador o datos fiscales con rendimientos del trabajo e hipoteca/alquiler

    desde

    50€ + IVA

    Tarifa
    2.

    Declaración de la renta 2022 – 2023
    con rendimientos de trabajo y/o rendimientos profesionales, hipoteca o alquiler, con otros ingresos procedentes de arrendamientos muebles o inmuebles

    desde

    95€ + IVA

    Tarifa
    3.

    Declaración de la renta 2021 – 2022
    con herencias, pérdidas y ganancias patrimoniales y otros casos especiales no sujetos a los casos anteriores

    desde

    200€ + IVA

    Contacta con nosotros

    ¿Le gustaría hablar con uno de nuestros asesores fiscales? Nos pondremos en contacto con usted en breve. También puede enviarnos un correo electrónico si lo prefiere de forma más directa a deabcn@deabcn.com o llamarnos al 93 207 63 00

      Conoce Nuestros Principales Servicios


      Fiscal

      Planificación fiscal y contable. Definición y seguimiento de la carga tributaria para reducirla al mínimo legalmente exigible, habiendo establecido previamente los beneficios fiscales aplicables.


      Contabilidad

      Implantación de planes y manuales.
      Preparación y seguimiento
      de presupuestos.


      Laboral

      Contratación de personal. Estudio y confección del tipo de contrato más conveniente en cada caso según la normativa laboral y fiscal y las características del puesto de trabajo.

      Programa Kit Digital - Empresas de 3 a 9 empleados - se abre la segunda convocatoria en junio

      Programa Kit Digital - Empresas de 3 a 9 empleados - se abre la segunda convocatoria en junio

       

       

      Este junio está previsto que se abra la segunda convocatoria del Bono Kit Digital para el Segmento II, empresas de 3 a 9 empleados con un importe máximo de 6000€.

      Para beneficiarse del bono digital para PYMES o Autónomo, la empresa deberá registrarse en la web de Acelera PYME https://www.acelerapyme.gob.es/registro-pyme y una vez dada de alta, realizar el Test de Diagnóstico Digital.

      Un vez concedido el bono digital, se podrá optar por una o más Solución Digital dentro de la oferta del Catálogo de Soluciones que más se adapten a las necesidades digitales de la empresa. Para ello, ésta elegirá un Agente Digitalizador o varios del listado ofrecido en la plataforma tras haber aprobado un pre Acuerdo de Prestación de Soluciones en donde se especifica con detalle la solución a implementar y los costes asumidos por la empresa (por ejemplo el IVA), además del aporte del bono digital que lo recibirá directamente el Agente Digitalizador.

      Como Agentes Digitalizadores adheridos a esta subvención, también estamos especializados en la gestión de ayudas administrativas, por lo que si su empresa necesita la gestión desde cero o desde cualquier punto del proceso del Bono Kit Digital, podemos atenderla.

      Para más información ir a Solicitud del Bono Kit Digital.

      Contacta con Nosotros

      Póngase en contacto para hacernos una consulta o contratar nuestros servicios como Agentes Digitalizadores del Kit Digital.